
¡Sí, es una gran noticia! Los trabajadores autónomos podrán cobrar la prestación por desempleo. Esta iniciativa impulsada desde el Gobierno genera un entorno favorable para los autónomos que, a partir de este próximo año, les brindará una protección mayor a la altura de países como Luxemburgo.
Desde el gobierno han celebrado el fin del acuerdo firmado con las organizaciones de autónomos ATA, UPTA, UATAE y CEAT. El objetivo ha sido el de proteger a los trabajadores autónomos frente a una situación de desempleo, pero claro, la gran pregunta es: ¿percibir la prestación por desempleo va a tener un coste? Sí, claro que sí.
Antes de oficializar este acuerdo, el Gobierno anunció que se produciría una subida del 1,25% de la base mínima de cotización de los trabajadores autónomos. De este modo, la base mínima subirá hasta los 944,35 euros al mes a partir de 2019, ya que hasta 2018 se pagaban 932,27 euros. Es decir, el tipo de cotización pasa del 29,8% al 30% y se prevé que siga subiendo hasta el 31% en el año 2021.
¿Qué va a suponer mensualmente poder cobrar la prestación por desempleo?
Al mes, el trabajador autónomo va a tener que pagar unos 5,36 euros más de lo que se pagaba hasta antes de la subida anunciada. Es por este motivo, que al año tendrá que pagará al año 63,6 euros más. Los autónomos societarios también tendrán que asumir un incremento en el pago de la cuota mensual, ya que pagarán 1.214 euros, 6.7 euros más al mes y en torno a 83 euros más al año.
Asimismo, este derecho a paro se ha conseguido ya que todos los trabajadores autónomos estarán obligados a cotizar por contingencias profesionales, incapacidad temporal, cese de actividad y formación, eliminando la opcionalidad que existía hasta ahora.
Mayor protección frente a las bajas
Dentro del acuerdo alcanzado, también se prevé que los trabajadores por cuenta ajena puedan cobrar la prestación por accidente laboral desde el primer día de la baja, dejarán de cotizar a la Seguridad Social a partir del segundo mes por incapacidad temporal o enfermedad, hasta que se produzca el alta definitiva. Asimismo, durante este periodo podrá acceder a los cursos de reciclaje y formación continua.
En el caso de las mujeres autónomas embarazadas, la gran novedad es que se elimina la obligación de suspender la cotización durante el período de baja maternal para, posteriormente, poder cotizar por la base mínima.
¿También se verán afectadas las cuotas especiales de 50 euros?
Sí, a partir de 2019 esta tarifa plana pasará a ser de 60 euros y se mantendrán tras los 12 primeros meses las bonificaciones ya pactadas dentro de esta tarifa. Es decir, se aumenta la cuota pero no se ven afectadas las bonificaciones anteriores.
Asimismo, también te recomendamos que visites nuestro artículo relacionados con las ayudas y bonificaciones para autónomos 2019. En este artículo podrás conocer todas las ayudas de las que te podrás beneficiar para tu actividad como trabajador por cuenta propia.
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