
Comienza 2019 y para los autónomos es tiempo de gestionar, además, de nuevos proyectos, objetivos y previsiones de facturación, los impuestos relacionados con la actividad laboral. En concreto de la liquidación trimestral del IRPF. Para ello, es necesario saber cómo se presenta el modelo 130, qué documentación se necesita acreditar y cuándo hacerlo.
En primer lugar, el modelo 130 es una declaración trimestral del impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF) en el que se liquida el pago fraccionado de este impuesto, a cuenta de la declaración anual que se realiza el año siguiente.
Teniendo claro qué es el modelo 130, necesitamos saber con certeza quién debe presentarlo. En este caso están obligados a presentarlo los autónomos y miembros de sociedades civiles o comunidades de bienes que ejerzan una actividad económica por el método de estimación directa o simplificada.
¿Quién no está obligado a presentar el modelo 130?
Los autónomos cuyo 70% de los ingresos del curso anterior, hayan sido objeto de retenciones. También están exentos los trabajadores por cuenta ajena que se dediquen a las actividades agrícolas, ganaderas o forestales, siempre y cuando, el 70% de los ingresos del curso anterior hayan estado sujetos a retenciones, salvo las subvenciones e indemnizaciones.
¿Cómo se cumplimenta el modelo 130?
En primer lugar debe indicarse tanto los gastos como los ingresos derivados de la actividad. De estos se realiza el cálculo de los beneficios, que se obtiene de la resta entre ingresos y gastos. Posteriormente, se le restan las retenciones y los pagos realizado en modelos anteriores.
Por otra parte, también se necesita calcular el 20% del beneficio e indicarlo en la casilla número cuatro del modelo, que en caso de ser negativo (el beneficio), se tiene que poner un cero. Asimismo, se tiene que indicar la suma de las retenciones aplicadas en las facturas y, además, se deben restar las retenciones y el 20% de los beneficios.
En el caso de dedicarnos a actividades agrícolas, ganaderas, pesqueras o forestales, en la estimación directa se indican los ingresos percibidos. Por último, si la cantidad de los rendimientos netos del año anterior es igual o inferior a 12.000 euros, hay que indicar el importe de minoración.
¿Cómo se presenta el modelo 130?
En este caso, la Agencia Tributaria ofrece dos maneras posibles, una que es presencial, y otra de manera online. Independientemente de la vía que escojamos para presentarlo, hay que descargar el formulario de la página web de Hacienda.
En el caso presencial se descarga, rellena, imprime y se presenta en la oficina de Hacienda correspondiente. Por el contrario, en la modalidad online, es necesario tener el certificado digital o clave PIN.
¿Cuáles son los plazos de presentación?
El modelo 130 ha de presentarse cada trimestre de modo que los periodos de presentación son los siguientes:
- Enero: del 1 al 30.
- Abril: del 1 al 20.
- Julio: del 1 al 20.
- Octubre: del 1 al 20.
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