
Los trabajadores por cuenta propia se verán afectados en 2019 por una subida de la cuota fija. Este incremento supondrá que los autónomos paguen 5,36 euros más todos los meses, una cantidad muy inferior a los 22 y 40 euros que se barajaban antes de hacer oficial la subida.
¿Con qué objetivo se ha llevado a cabo esta subida de la cuota para trabajadores autónomos? Pues según han indicado fuentes oficiales, los propios autónomos han aceptado un incremento de la base mínima a cambio de un mayor número de prestaciones.
¿Cuánto se cotizará al mes con esta subida de la cuota? El tipo de cotización que afecta a los trabajadores autónomos quedará en el 30%. Es por ello que los autónomos personas físicas pagarán al mes 283,3 euros mensuales si cotizan por la base mínima estipulada.
¿A los autónomos societarios también les afecta el incremento? Sí, desde luego. Los autónomos societarios sufrirán un incremento de la base mínima que llegará hasta los 1.214 euros mensuales. Asimismo, pagarán al mes 364,22 euros, 6,89 euros más que anteriormente (82 euros más al año que durante 2018).
¿Cuenta este incremento con el acuerdo de todas las partes? Sí, tanto el Gobierno como las organizaciones de autónomos ATA, UPTA, Uatae y CEAT llegaron a ratificar un preacuerdo con el Ministerio de Trabajo. Asimismo, estas negociaciones han sido favorables para los autónomos puesto que la subida pensada por el Ejecutivo estaba fijada entre 22 y 40 euros, en lugar de los 5,36 acordados finalmente.
Por otra parte, este acuerdo ha quedado a la espera de ser analizado en la mesa de diálogo social sobre Seguridad Social de la que forman parte Gobierno, sindicatos y empresarios. La idea de todas las partes es que este nuevo sistema de cotización sea de carácter eventual debido a que, el objetivo principal sea que los autónomos coticen en relación con sus ingresos reales.
¿Qué beneficios obtienen los autónomos con este incremento? Esta subida pactada para 2019 conlleva mejoras en la protección de los autónomos. Esto se debe principalmente a que se mejora el acceso a la prestación por cese de actividad, y no sólo eso, si no que también se amplía la duración de la prestación y se flexibilizan los requisitos para solicitarla. Además, los autónomos estarán más protegidos en caso de accidente de trabajo o por enfermedad profesional. En estos casos, el trabajador podrá cobrar una prestación por los casos antes citados, desde el primer día de baja.
¿También podrán acceder a formaciones? Sí, todos los trabajadores por cuenta propia podrán acceder a cursos de formación continua y de reciclaje profesional. Con esta medida se pretende profesionalizar aún más a los trabajadores autónomos y darles una nueva oportunidad a los parados de larga duración.
¿Será necesario pagar la cuota en caso de baja? En caso de sufrir una baja por enfermedad o por incapacidad temporal no será necesario pagar la cuota a partir del segundo mes de inactividad por este motivo hasta el momento del alta. Por su parte, las mujeres dentro de los de los 24 meses posteriores a la prestación de baja por maternidad, podrán disfrutar de una tarifa plana de 60 euros al mes durante un año, sin necesidad de cesar previamente su actividad profesional.
¿Este incremento afecta a la tarifa plana de 50 euros? Sí, a partir de 2019 esta tarifa plana pasará a ser de 60 euros y se mantendrán tras los 12 primeros meses las bonificaciones ya pactadas dentro de esta tarifa. Es decir, se aumenta la cuota pero no se ven afectadas las bonificaciones anteriores.
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