
El Ayuntamiento de Barcelona a través de la teniente de alcalde de Ecología, Urbanismo y Movilidad de Barcelona, Janet Sanz, ha anunciado un Plan especial de urbanismo en el que se prohíbe la apertura de nuevas gasolineras de carburante en la trama urbana de la ciudad condal. Según el ejecutivo, esta medida trata de impulsar un nuevo modelo de movilidad.
Desde el Consistorio han indicado que, actualmente, el marco legal para la apertura de nuevas gasolineras no tiene en cuenta donde se ubican, es decir, no cuenta con una restricción territorial, por lo que se pueden abrir en cualquier punto respetando la legislación actual.
Con la nueva norma, el Ayuntamiento obliga a que las nuevas gasolineras solo se puedan instalar en rondas, áreas industriales y portuarias.
Esta medida, según han indicado, trata de favorecer un nuevo plan de movilidad respetuosa con el medio ambiente. Para ello, esta prohibición solo se aplica a las estaciones de servicio de carburantes tradicionales. En cambio, las denominadas electrolineras se podrán instalar en el centro de la ciudad para poder facilitar la circulación de los vehículos eléctricos.
Previamente a esta medida, el Ayuntamiento de Barcelona ya decretó en mayo de 2018 la suspensión por un años de la expedición de nuevas gasolineras o ampliación de las que ya existen en la ciudad. Este fue el paso previo a la nueva prohibición que se pretende aplicar.
Más exigencias para las gasolineras del centro
Como medida adicional, se pretende exigir a las gasolineras existentes, cerca de 105 que existen en Barcelona, que instalen un punto de carga para vehículos eléctricos en un plazo máximo de dos años desde que se aplique el plan.
Zonas donde no se podrán abrir nuevas gasolineras
A raíz de esta norma, existen zonas en las que no se podrá abrir ningún tipo de estación de servicio: Parque Natural de la Serra de Collserola, Parque de Montjuïc, parte de Ciutat Vella y zonas calificadas como equipamientos y las zonas con edificaciones aisladas plurifamiliares y unifamiliares.
Restricciones
Las estaciones de servicio tendrán que respetar una distancia mínima de 100 metros con respecto a centros docentes, guarderías y centros sanitarios; tampoco se podrán instalar en parcelas de los edificios con grados de protección A y B ni en las parcelas vecinas, en una medida que también fija una superficie máxima de 3.000 metros cuadrados para las nuevas instalaciones (menos de 100 metros cuadrados de superficie de venta).
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